¿Qué es la Nacionalidad Española?
La Nacionalidad Española es el vínculo que te une con nuestro país. Significa que participas en la vida social, política y económica de la sociedad española a todos los efectos y con todos sus derechos, en definitiva, que eres español.
Cuando nos referimos a la Ciudadanía Española estamos hablando del estatus legal que poseen todos los nacidos en territorio español y los extranjeros que reúnan los requisitos necesarios, en este sentido, existen 4 posibilidades o caminos diferentes para obtener la ciudadanía española y te asesoraremos para encontrar el que es el adecuado para ti.
En TENORIO ABOGADOS somos abogados expertos en extranjería y analizaremos cual es la opción más rápida y fácil para que obtengas tu pasaporte español ya que con tu nueva Nacionalidad Española obtendrás varios derechos y/o ventajas relacionadas.
La Nacionalidad Española aporta numerosas ventajas, entre las que podemos destacar las siguientes:
Puedes vivir indefinidamente en España, sin tener que renovar tus permisos de residencia, ni tampoco tu NIE | |
Tienes derecho a voto en las elecciones y el derecho a la sanidad pública universal | |
Puedes acceder a oposiciones y puestos de trabajo de empleo público estatal, autonómico o municipal | |
Siendo español podrás residir y trabajar libremente en cualquiera de los 27 Estados que forman la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía y Suecia) | |
El pasaporte español es uno de los más valorados del mundo, te permite viajar sin visado a más de 186 países. | |
Tus hijos podrán ser españoles, a través de la solicitud de nacionalidad española POR OPCIÓN, aunque nunca hayan pisado suelo español | |
Tu esposo o esposa podrán solicitar la nacionalidad española por estar casados contigo muy rápidamente, cuando cumplan 1 año de residencia en España | |
Tu familia podrá solicitar autorización de residencia como familiares de un ciudadano de la Unión Europea |
¿Qué documentos necesito para presentar correctamente mi solicitud de nacionalidad?
1. Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
2. Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
3. Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
4. Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen.
5. Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
6. Si tienes hijos menores, incluye su certificado de nacimiento.
7. Certificado de empadronamiento.
8. Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE).
(Nota: Las personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, no tendrán que realizar el examen DELE).
Las personas que tengan un Certificado de estudios elementales en España, o diplomas de Escuelas Oficiales de idiomas, podrán acreditar mediante estos títulos el conocimiento de la lengua española, y no tendrán que realizar la prueba DELE.
9. Justificante del pago de la tasa.
En TENORIO ABOGADOS trabajamos de forma directa con el Ministerio de Justicia, que es el encargado de estudiar tu expediente y otorgarte la nacionalidad. La presentación se hace por vía telemática. Previamente nos tendrás que autorizar para que podamos presentar tú expediente. Tras la presentación te haremos llegar el número de expediente para que puedas realizar el seguimiento de éste. Nos encargamos de comunicarte cualquier notificación o requerimiento que haga el Ministerio de Justicia cuando esté estudiando tu solicitud de nacionalidad. Durante todo el proceso estarás siempre asesorado por un abogado especializado en nacionalidad española.
- Te asesora un abogado especialista, que estudiará tu caso de nacionalidad.
- Te informaremos de toda la documentación que hay que presentar.
- Presentación vía telemática: rápida y ágil; tendrás el número de expediente de tu solicitud de nacionalidad para que puedas consultar el trámite por internet en todo momento.
- Te inscribimos en los exámenes: De CCSE y de DELE A2.
- Realizamos seguimiento del estado de tu Expediente.
¿Quieres hacer tu solicitud de nacionalidad?
¡Te lo ponemos muy fácil, nosotros te llamamos¡
FAQS sobre la Nacionalidad Española
Aquí respondemos a algunas de las principales cuestiones o dudas que puedan surgir en la tramitación y solicitud de tu ciudadanía española:
Si has residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición de nacionalidad durante:
- 10 años
- 5 años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
- 2 años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 1 año: para
- El que haya nacido en territorio español.
- El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
- El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
- Para los casados con un español
- Par a los hijos/nietos de españoles nacidos en España.
Sí. Esta sería la opción POR MATRIMONIO, con la que además deberemos cumplir otros requisitos, como haber residido legalmente un año en territorio español, a contar desde el momento en que tu pareja obtuvo la nacionalidad española.
Sí. La ley te da derecho, siempre que el viudo o viuda de española o español, en el momento de la muerte del cónyuge no estuvieran separados, de hecho o judicialmente.
Sí. este sería el trámite de obtención de nacionalidad POR DESCENDENCIA. El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela; siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Sí claro, esta es otra de las posibilidades de obtención de la nacionalidad POR OPCIÓN, pero recuerda que tienes que solicitarla antes de cumplir los 19 años, sino perderás este derecho.
No te preocupes por nada, nosotros nos encargamos de que tu expediente esté actualizado y no tengas ningún problema con los cambios de dirección de domicilio.
Sí, el Ministerio de Justicia, cuando valore tu solicitud de nacionalidad, va a analizar si durante el tiempo que has vivido en España has tenido un buen comportamiento cívico, es decir, si tu comportamiento ha sido acorde con los valores de la sociedad española y sus leyes.
Consecuentemente resulta de vital importancia carecer de antecedentes penales, en su defecto te ayudaremos a preparar tu solicitud de nacionalidad española muy bien, procurando cancelar dichos antecedentes, para que no tengas ningún problema en este aspecto. Vamos a prepararlo juntos para no tener ninguna sorpresa. Ojo al dato que es muy importante.
Para que te concedan la nacionalidad tienes que demostrar que puedes hablar y escribir en el idioma español, para ello tiene que presentar justificante de tener aprobado el DELE. Además, tendrás que demostrar que conoces donde está Madrid, quién fue Velázquez, saber cuáles son las fiestas más importantes, es decir, conocimientos básicos sobre la cultura española; por eso tendrás que hacer y aprobar el examen CCSE, que te examina de estos temas básicos sobre la cultura de España.
Los exámenes se hacen en el Instituto Cervantes. Nosotros te ayudamos con la inscripción y pago de matrícula.
El examen CCSE es un test. El Instituto Cervantes publica un libro con todas las preguntas que pueden salir en el examen. También puedes practicar haciendo test on-line. Son un total de 300 preguntas sobre cultura española. Es un examen muy sencillo, sólo tienes que dedicarle un poco de tiempo, e ir mirando las repuestas del test que ya vienen fijadas en el libro de estudio. Recuerda: es un examen muy fácil, pero tendrás que dedicarle un tiempo para preparar las preguntas.
El examen DELE A2, se trata de una prueba sobre tu conocimiento y dominio del idioma español. Tendrás que practicar escritura, hablar, y entender una conversación de nivel usual en español. Si eres iberoamericano de habla española no es necesario que hagas este examen.
Si apruebas los exámenes, éstos te valen para presentarlos a la solicitud de nacionalidad española hasta 4 años después.
Si sufres alguna enfermedad que te imposibilita realizar los exámenes o crees que por tu situación personal no tienes capacidad de poder aprobar los exámenes porque no pudiste estudiar en tu país, o crees que eres muy mayor para ponerte a estudiar, podemos pedir una dispensa para no tener que realizar los exámenes.
El tiempo que tarda el Ministerio de Justicia es variable, depende de cada solicitud de nacionalidad, algunas requieren más tramitación que otras, dependiendo de muchos factores, entre otros, los del país de origen del solicitante ya que las Administraciones de algunos países son muy lentas y es necesario que la documentación presentada sea verificada.
Hemos tenido concesiones de nacionalidad en 3, 6 ó 8 meses; otras en un año o año y medio y a algunas, sencillamente hemos tenido que darles un impulso RECURRIENDO, ante los Tribunales porque parecía que no se acababan de conceder.
Siempre pedimos paciencia y tendremos que analizar caso por caso. En el supuesto de que consideréis hacer RECURSO. (si tardan más de un año) la vía del recurso ante los Tribunales debe ser valorada para darle a tu tramitación un impulso. Nuestra experiencia en esos casos es muy buena.
Una vez el Ministerio de Justicio te conceda la nacionalidad, tienes que pedir una cita en el Registro Civil de tu localidad, para JURAR o prometer fidelidad al Rey, obediencia a la Constitución Española y a las Leyes Españolas. Una vez que lo realices, ENHORABUENA, YA ERES ESPAÑOL, ¡Olé….!, con todo los derechos y deberes que ello conlleva.
Recuerda que tienes 180 días desde que te concedan la nacionalidad para ir al Registro Civil de tu localidad para pedir cita para realizar la JURA.