El permiso residencia familiar comunitario permite a los FAMILIARES (esposo, esposa, pareja de hecho, hijos, familiares dependientes) de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Este proceso garantiza a los ciudadanos de fuera de la Unión Europea (extracomunitarios), que son familiares de ciudadanos españoles o de cualquier otro país de la U.E., su autorización de RESIDENCIA y TRABAJO como si fueran comunitarios.