PRÁCTICAS NO LABORABLES
La autorización de estancia por Prácticas No Laborales es un permiso que habilita a permanecer en España para realizar prácticas a nivel formativo, en un organismo o entidad pública o privada, o un centro de formación profesional reconocido oficialmente, en el marco de un convenio elaborado a tal fin.
Para poder solicitar este permiso es importante que hayamos finalizado nuestros estudios dentro de los dos últimos años.
Normativa
- Directiva del Consejo 2004/114/CE, de 13 de diciembre de 2004, relativa a los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado.
- Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículos 25 bis. 30 y 33).
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 37 al 42).
Requisitos para poder solicitar el Visado para Prácticas No Laborables
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
- Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Realizar las prácticas en el marco de un convenio firmado con un organismo o entidad pública o privada.
- Haber sido admitido en una empresa pública o privada o centro de formación profesional reconocido oficialmente, en base al citado convenio.
¿Cuánto tiempo pueden durar el contrato por Prácticas No Laborales?.
2 años. Pero con la actual reforma laboral, esta duración puede ser revisada.